Noticia Archivo 2018

Accidente in itinere

2018-02-24 0:00:00

La doctrina mayoritaria considera que lo esencial no es salir del domicilio o volver a ?l, aunque esto sea lo m?s corriente y ordinario, sino que lo esencial es ir al lugar de trabajo o volver del lugar de trabajo, por lo que el punto de llegada o de vuelta puede ser o no el domicilio del trabajador en tanto no se rompa el nexo necesario con el trabajo, debiendo ponerse el acento en la inexcusable finalidad laboral del desplazamiento realizado por el trabajador. CEF - Laboral Social recogeuna sentenciadel TSJ de Madrid que reconoce como accidente in itinere uno que sucedi? tras ingresar la trabajadora a su abuela en urgencias, ya que considera que se dan los requisitos de horario apropiado), visto que la trabajadora ven?a de cumplir con el imperativo moral de ingresar en urgencias a su abuela y demostrado que se dirig?a a su puesto de trabajo.



Salud laboral,Trabajo,Tráfico
Share by: